1º Visita inicial y revisión del informe anual ADR:
Debe realizarse una visita inicial a todas las instalaciones, y redactar un informe técnico donde se recojan los posibles incumplimientos de normativa relacionados con la actividad de carga/descarga de las mercancías peligrosas y errores a subsanar.
Además, según la norma 27 c) del RD 97/2014 se tendrá en cuenta el informe anual parcial del consejero de seguridad saliente.
2º Visitas técnicas para procurar la coincidencia con actividades ADR:
Se ha de efectuar una visita previa antes de la visita técnica, en todas las zonas de carga y descarga, planificando, las fechas de las visitas para hacerlas coincidir con actividades reales de descarga en las respectivas áreas. Posibilidad de hacer visitas adicionales para mayor control.
3º Propuesta de ideas de mejora en las labores de carga y descarga ADR:
El Consejero de Seguridad debe proponer todas las ideas que estime oportunas para facilitar la carga y descarga de mercancías peligrosas y en las mejores condiciones de seguridad.
4º Cumplimiento de la norma ADR:
El Consejero debe examinar el cumplimiento de los procedimientos de carga y descarga de mercancías peligrosas. Según lista de comprobaciones de carga / descarga del anejo 2 del RD 97/2014.
5º Asesoramiento técnico:
El Consejero o Consejera de Seguridad debe asesorar en las operaciones de carga y descarga y en el transporte de mercancías peligrosas (incluyendo los residuos peligrosos catalogados como mercancías peligrosas).
6º Informe anual del Consejero de Seguridad:
Informe anual para gerencia de la empresa, sobre sus actividades de carga y descarga de mercancías peligrosas. Para la realización de este informe se seguirán los contenidos mínimos por la normativa de aplicación: orden fom/606/2018. Coordinación con otros Consejeros de Seguridad ADR de otros centros, si los hubiera, con el mismo CIF.
7º Informe anual de evaluación ADR:
El Consejero de Seguridad debe elaborar el informe anual técnico de evaluación, en el que se comprueba el grado de cumplimiento de los requisitos exigidos por el ADR.
8º Procedimientos e instrucciones ADR:
El Consejero lleva a cabo la revisión de todos los procedimientos e instrucciones para una correcta identificación de las mercancías peligrosas, medios y equipos utilizados en las operaciones de carga y descarga, y mejorándolos si fuera necesario.
9º Formación de los empleados:
Es labor del Consejero de Seguridad verificar la adecuada formación del personal de carga y descarga, transporte, almacenamiento y manipulación de mercancías peligrosas. Es función de Consejero también, impartir la formación anual necesaria al personal que lleva a cabo operaciones de carga y descarga de mercancías peligrosas. Y debe estudiar, cada puesto de trabajo, para asignar la formación necesaria para que el personal pueda cumplir con sus funciones relacionadas con mercancías peligrosas, de forma adecuada a la norma vigente y con seguridad, tanto para sí mismo como para el medio ambiente.
10º acciones formativas ADR:
En cumplimiento del R.D. 97/2014 los ejemplos de cursos a impartir al personal serían: Condiciones de exención ADR y documentación ADR o Operador ADR carga y descarga ADR.
11º Auditoría de procedimientos ADR:
Es misión del Consejero comprobar que el personal encargado de las operaciones de carga o descarga dispone de los correctos procedimientos de operación.
12 º Plan de emergencia ADR:
Debe verificar que los planes de emergencia son adecuados, en caso de incidentes que afecten a la seguridad de las operaciones de carga/descarga, proponiendo mejoras en caso necesario.
13º Partes de incidentes, accidentes, infracciones ADR:
Una función muy importante del Consejero es realizar el análisis y partes sobre accidentes, incidentes o infracciones graves, producidos durante las operaciones de carga y descarga, recomendando las acciones necesarias para que no se repitan.
14º seguimiento del servicio de los subcontratados:
Se debe hacer seguimiento y asesorar en cuanto a las disposiciones legales que apliquen a las operaciones de carga y descarga, al transporte de mercancías peligrosas, en lo referente al servicio prestado a terceros.
15º Formación y sensibilización de los riesgos:
Formación y sensibilización acerca de los riesgos de operaciones de carga y descarga de mercancías peligrosas.
16º Revisión de la documentación y de los equipos:
Revisión de procedimientos, para garantizar la presencia en los medios de transporte, de los documentos y de los equipos de seguridad obligatorios según la normativa ADR, y la conformidad de dichos documentos y equipo.
17º Colaboración con las autoridades de transporte y protección civil:
El Consejero de Seguridad debe colaborar, cuando sea necesario, con las administraciones públicas competentes, especialmente en lo relacionado con los accidentes, partes de accidentes e informes de actividad.
18º Coordinación con los consejeros de seguridad ADR de terceros intervinientes:
Se debe contactar con los Consejeros de Seguridad de las empresas transportistas de mercancías peligrosas para establecer las actuaciones en caso de producirse de incidentes en las instalaciones del asesorado.
19º Auditoría de comprobación de transporte, carga y descarga:
Comprobar periódicamente que las check-list que se llevan a cabo antes, durante y después de las operaciones de carga y descarga de las cisternas, se cumplimentan correctamente, según procedimientos establecidos.