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Informe Preliminar de la calidad del suelo: ¿Qué es y porqué debes tenerlo?

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Informe Preliminar de la calidad del suelo: ¿Qué es y porqué debes tenerlo?

Descontaminacion terreste, Ecogestión Medio Ambiental, Medio Ambiente, Normativa medioambiental

Publicado el 10/02/2021

Lectura de 5 mins

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Elaboración de un informe de la calidad del suelo

 ¿En qué consiste el informe preliminar de suelos?


El informe preliminar de suelos es una herramienta desarrollada por las administraciones enfocada a encontrar el equilibrio medioambiental. El objetivo principal es valorar la posibilidad de que exista afección de tipo significativo en la calidad del suelo sobre el que se asientan determinadas actividades. Es decir, es un documento en el que debes declarar el tipo de actividad interna que tu empresa realiza en cuanto a las sustancias que empleadas en los procesos como los residuos que generas. Gracias a esto, en caso de contaminación producida en el suelo se podrán atribuir las pertinentes responsabilidades.

¿Quiénes tienen que realizar este tipo de informe?

Para todas aquellas instalaciones en las que se desarrollan actividades que están catalogadas como “potencialmente contaminantes del suelo” se establece la obligación para el titular de la misma de presentar este tipo de informes conformes al artículo 3.1 y 3.2 del Real Decreto 9/2005 de 14 de enero por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE nº 15 de 18 de enero).
Así mismo también están obligados:

  • Titulares de actividades que producen, manejan o almacenan más de 10 t/año, de una o varias de las sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
  • Titulares de almacenamientos de combustible para uso propio según el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.

 ¿Cuándo se debe realizar un informe preliminar de suelos?

En el caso tanto de instalaciones que se encuentran en activo como nuevas actividades, este informe debe presentarse en un plazo máximo de dos años desde el inicio de la puesta en marcha. En cuanto a su periodicidad, este sólo ha de realizarse una vez.

¿Qué datos se deben incluir en el informe?

La documentación mínima necesaria para llevar a cabo la realización del presente informe preliminar de suelos debe contener lo siguiente:

  • Datos generales de la actividad.
  • Materias primas, secundarias y/o auxiliares consumidas de carácter peligroso.
  • Productos intermedios o finales de carácter peligroso.
  • Residuos o subproductos generados.
  • Datos e información sobre almacenamientos (superficiales o subterráneos).
  •  Áreas productivas.
  • Actividades históricas

Asimismo, el titular de la actividad podrá adjuntar al mismo cuanta información complementaria considere conveniente para una mejor valoración de la situación del suelo objeto del informe. Además, no exige que se realicen análisis, ensayos o muestreos específicos para este fin. En principio, puede elaborarse con la información generada en cumplimiento de la legislación y regulaciones vigentes en materia de residuos y sustancias peligrosas.

 ¿Dónde se debe presentar este informe de la calidad del suelo?

Tanto el anexo correspondiente a este informe, donde se expone toda la información recabada, como la solicitud asociada al mismo debe entregarse a la administración autonómica a través de los medios indicados por ésta mediante sus fuentes oficiales.

¿Y qué sucede después?

Examinado el informe preliminar de situación por parte de la administración, se podrá requerir uno de los siguientes informes:

  • Informe complementario de datos: con el objetivo de ampliar la información sobre los datos facilitados en el informe preliminar de situación por ser necesarios para la valoración del mismo.
  • Informe complementario de caracterización analítica: en el caso de detectarse indicios relevantes de contaminación del suelo, con el fin de confirmar o descartar con datos analíticos dichos indicios.

En cualquier caso se requerirá y establecerá la periodicidad correspondiente al preceptivo:
Informe periódico de situación: si no se detectan indicios relevantes de contaminación se requerirá la presentación de informes periódicos de situación del suelo, actualizando la información del informe preliminar.
Para más información sobre entidades de inspección de suelos acreditadas por ENAC

ENAC entidad de inspeccion de suelos 17020Inteco Astur somos Entidad de Inspección Suelos:

En base a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2012, en Inteco Astur estamos acreditados como Entidad de Inspección para la evaluación de la calidad del suelo y las aguas subterráneas asociadas, lo que nos capacita para llevar a cabo trabajos de investigación y garantizamos a nuestros clientes el cumplimiento de la normativa actual de referencia a nivel estatal y autonómico.

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