El transporte de mercancías peligrosas por carretera está regulado por el Acuerdo Europeo para el Transporte de Mercancías, conocido como ADR.
La empresa que desempeñe operaciones de transporte, carga, descarga y/o manipulación de Mercancías Peligrosas debe, entre otras consideraciones, y en cumplimiento del capítulo 1.3 formar a sus empleados en este campo. Todo el personal de la empresa que desarrolle tareas de carga, descarga, transporte y/o manipulación de mercancías peligrosas, debe contar con una Formación Básica ADR, acorde a sus funciones y responsabilidades.
Esta Formación Básica ADR se recomienda tanto para trabajadores que se inicien en esta materia como para trabajadores, que, aun teniendo conocimiento de la misma, necesiten profundizar en las novedades o actualizar conceptos.
También se recomienda esta formación ADR para los trabajadores que, aun no realizando propiamente las tareas descritas anteriormente, desarrollen la gestión documental relacionada con dichas tareas.
La formación dispensada deberá tener como objeto formar e informar al personal implicado sobre las disposiciones generales de la reglamentación ADR, los riesgos y peligros que presentan las mercancías peligrosas y sensibilizar sobre los procedimientos a seguir para la manipulación en condiciones de seguridad y los procedimientos de emergencia.
Además, esta formación deberá ser completada periódicamente mediante cursos de reciclaje o de refresco, para actualizar los cambios de reglamentación con la actualización bianual del ADR.