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Niveles Genéricos de Referencia en suelo contaminado: por qué es clave en su gestión

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Niveles Genéricos de Referencia en suelo contaminado: por qué es clave en su gestión

Blog, Descontaminación marítima, Ecogestión Medio Ambiental

Publicado el 25/02/2026

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Los Niveles Genéricos de Referencia (NGR) son la base técnica para interpretar resultados analíticos y tomar decisiones en la gestión de suelos potencialmente contaminados. Definidos en el Anexo V del Real Decreto 9/2005, marcan el umbral a partir del cual conviene profundizar en el estudio del emplazamiento y evaluar el riesgo real para la salud y el medio ambiente. En este artículo te explicamos, de forma clara, qué son los NGR, cómo se calculan y por qué su correcta aplicación resulta clave para declarar la conformidad del suelo o avanzar hacia una evaluación de riesgos.

Qué son los Niveles Genéricos de Referencia (NGR) del Anexo V y cómo ayudan a declarar la conformidad

Los Niveles Genéricos de Referencia del Anexo V son concentraciones en suelo por debajo de las cuales se considera que no se supera el riesgo aceptable para la salud humana, siempre en relación con el uso del suelo. Son, en esencia, una “línea base” para tomar decisiones.

En la práctica, cuando realizamos una investigación de la calidad del suelo (ya sea exploratoria o detallada), comparamos los resultados analíticos con los NGR aplicables al uso actual o previsto. Si todas las concentraciones están por debajo, se puede declarar la conformidad del suelo con respecto a la normativa. Si alguna supera el NGR, no se convierte automáticamente el emplazamiento en un “suelo contaminado”, aunque genera la necesidad de estudiar con más detalle el emplazamiento, detectar el origen de la afección y evaluar el riesgo real, especialmente en lo relativo al impacto sobre la salud de las personas. Estos mecanismos serán, en última instancia, los que permitan determinar si procede o no la declaración del suelo como contaminado, una decisión que corresponde a la autoridad competente designada por la comunidad autónoma en materia de suelos contaminados.

Hay un matiz importante en lo relativo a la evaluación de hidrocarburos en suelos: además de comparar con NGR para los compuestos individuales, el Anexo IV establece que, si se detectan hidrocarburos totales por encima de 50 mg/kg, el emplazamiento requiere una valoración de riesgos. Ese valor de 50 mg/kg no es un NGR; es un criterio de activación para estudiar el caso con más profundidad, precisamente porque los hidrocarburos son mezclas complejas y conviene entender bien sus vías de exposición y su potencial migración antes de decidir.

Niveles genéricos de metales: por qué los fijan las comunidades autónomas a partir del fondo geoquímico

Los metales pesados y metaloides (arsénico, plomo, cadmio, mercurio, níquel, zinc, etc.) se comportan de forma distinta a muchos contaminantes orgánicos. Su concentración natural en el suelo depende del material geológico de origen, de la meteorización y de factores locales. Por eso, y para evitar falsos positivos (declarar alterado lo que en realidad es natural), son las comunidades autónomas las que suelen publicar NGRs específicos para metales y metaloides. Estos valores se calculan a partir del fondo geoquímico regional y se expresan también a partir del uso del suelo. De esta manera se respeta la geodiversidad del territorio y se mantienen criterios protectores coherentes con la realidad local. En muchas regiones se han llevado a cabo campañas extensas de muestreo, análisis estadístico y control de calidad para proponer valores de fondo y NGR robustos, fáciles de aplicar en evaluaciones técnicas y de fácil valoración por las administraciones.

Cómo se establecen los NGR: la evaluación de riesgos “a la inversa”

Puede sonar técnico y complicado, pero la idea es sencilla. Normalmente, en una evaluación de riesgos partimos de una concentración medida en el suelo y calculamos el riesgo que produciría en las personas expuestas al mismo. En cambio, para establecer un NGR lo hacemos al revés: partimos de un nivel de riesgo aceptable según los criterios definidos por la normativa actual y, considerando cómo las personas pueden verse expuesta en función del uso del suelo, calculamos cuál sería la concentración máxima que no superaría ese riesgo. Esa concentración calculada es el Nivel Genérico de Referencia, NGR, para un uso determinado.

Para lograrlo, se definen:

  • Receptores: quién podría exponerse (trabajador, residente adulto, niño, usuarios recreativos).
  • Parámetros de exposición: cuánto tiempo pasa el receptor en el lugar, cuánta cantidad de suelo podría ingerir accidentalmente, tasas de inhalación, pesos corporales, etc.
  • Vías de exposición: ingestión accidental de suelo/polvo, contacto dérmico, inhalación de partículas y vapores; y, si corresponde, ingestión de agua o alimentos.
  • Modelos matemáticos de transporte y atenuación: volatilización, intrusión de vapores en interiores, lixiviación a aguas subterráneas, transferencia a cultivos.

Con todo ello se formulan ecuaciones y se resuelve “a la inversa” para obtener el NGR. Es un enfoque preventivo y conservador, con un margen de seguridad definido, diseñado para garantizar la protección de la salud mediante la consideración adecuada de los distintos escenarios de exposición, evitando otorgar un peso excesivo a situaciones poco probables.

NGR por uso del suelo: industrial, urbano y otros usos

No es lo mismo trabajar ocho horas al día en una nave, vivir permanentemente en una vivienda o hacer actividad recreativa en un parque. Por esa razón, los NGR del Anexo V se establecen a partir del uso del suelo esperable:

  • Industrial: el receptor es el típico trabajador adulto, con exposición intermitente y, en general, mayor control sobre el entorno y la exposición a contaminantes. Por ello, los NGR industriales suelen ser menos estrictos que los residenciales.
  • Urbano: el receptor es residente (adulto, adolescente o niño), con exposición crónica y posibles vapores en interiores; por eso, los NGR son más restrictivos.
  • Otros usos: incluyen usos agrarios, forestales, recreativos o naturales. Aquí pueden activarse vías como la transferencia a cultivos y su ingestión, así como la exposición en actividades al aire libre.

Esta clasificación por usos permite ajustar los umbrales a la realidad de los hábitos de las personas en cada contexto y facilita decisiones proporcionadas y consistentes.

niveles genericos de referencia

El papel de la definición del modelo conceptual

Cuando investigamos un emplazamiento, primero comparamos con los NGR aplicables al uso actual o previsto. Si cumple, la administración puede declarar la conformidad. Si no cumple, o si detectamos TPH > 50 mg/kg (criterio del Anexo IV), realizamos una valoración de riesgos ACR (Análisis Cuantitativo de Riesgos).

Aquí entra en juego el modelo conceptual del emplazamiento, que es la “hoja de ruta” que explica qué hay, cómo se mueve y a quién podría afectar:

  • Medio físico: tipo de suelo, estratigrafía, presencia de rellenos, vulnerabilidad hidrogeológica (acuíferos, niveles freáticos), edificaciones próximas y servicios enterrados.
  • Vías de migración: volatilización e intrusión de vapores en edificios, lixiviación a aguas subterráneas, arrastre superficial, transporte de polvo.
  • Vectores y receptores: trabajadores, residentes, usuarios de espacios públicos; y sus hábitos (tiempo de permanencia, actividades, presencia de niños).

A partir del modelo conceptual, la evaluación de riesgos o ACR cuantifica el riesgo real y determina si el emplazamiento puede considerarse no alterado, alterado (con medidas de gestión o seguimiento) o contaminado (requiriendo objetivos de limpieza y remediación).

En resumen, los Niveles Genéricos de Referencia del Anexo V son la herramienta clave para una gestión eficaz y homogénea de los contaminantes del suelo. Permiten declarar la conformidad cuando procede y, cuando hay superaciones (o cuando TPH > 50 mg/kg), orientan la siguiente fase de investigación o establece la necesidad de valoración de riesgos (ACR) basada en el modelo conceptual sólido y defendible que contemple el uso del suelo, las vías de migración y los hábitos de los receptores identificados. Para el caso de los metales, la referencia al fondo geoquímico y los NGR establecidos por la mayoría de las Comunidades Autónomas asegura decisiones coherentes con la realidad local, sin dejar de garantizar la protección de la salud.

Si estás valorando una investigación de la calidad del suelo, ya sea voluntaria (por diligencia debida) o reglamentaria (por actividad potencialmente contaminante, cambio de uso, compraventa, licencias, o requerimiento administrativo), te animamos a informarte y actuar con criterio técnico. Contacta con la Entidad de Inspección acreditada de Inteco Astur para que te acompañemos en todo el proceso: desde la planificación de la investigación y la valoración de la conformidad con la normativa aplicable, hasta la evaluación del riesgo y, si fuera necesario, el diseño de un plan de remediación y mitigación. Además, podremos ayudarte a establecer un programa de vigilancia ambiental que garantice el seguimiento y control de la calidad del suelo.

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